El pasado 11 de abril de 2019, El Ministerio de Fomento ha aprobado mediante la Resolución
de Estado de Infraestructuras Transporte y vivienda por la que se
convocan ayudas en 2019 para los transportistas por carretera a partir
de 64 años que abandonen la actividad.
REQUISITOS
- Ser titular, en el momento de la solicitud de una autorización vigente de transporte público de ámbito nacional, de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias. En ningún caso se considerará vigente una autorización que no tuviese, al menos, una copia en vigor.
- Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los diez últimos años, de una de las autorizaciones contempladas en el apartado anterior, con un máximo de tres copias.
- La autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención, excepto cuando se trate de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista o de gran invalidez, en cuyo caso deberá estar en vigor hasta el reconocimiento de estas situaciones.»
- La edad mínima para solicitar estas ayudas es de 64 años sin existir límite superior de edad.
IMPORTE DE LAS AYUDAS:
De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de estas
ayudas, la cuantía que se otorgará por el total de las autorizaciones de
transporte público de que fuera titular, a las que debe renunciar el
beneficiario para proceder al cobro de la ayuda, será de 30.000 €.
Si el beneficiario tuviera una
edad inferior a sesenta y cinco años, 5.300
euros por cada seis meses completos que le falten para cumplir la edad de
sesenta y cinco años. El cómputo de los semestres completos se hará a
partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorgan las ayudas. Los
beneficiarios a los que se hubiera declarado incapacidad permanente absoluta,
total para el desempeño de la profesión habitual de transportista o gran
invalidez, no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia
de su edad.
El plazo de
presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado. ÚLTIMO DÍA 11 DE MAYO DE 2019.
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