jueves, 9 de abril de 2026

FÓRMULA DE APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE GASOIL

Ante la situación de inestabilidad e incremento de los precios del combustible, como consecuencia del conflicto en Oriente Medio, recordamos a los transportistas, la fórmula de revisión del precio del gasóleo en el transporte por carretera prevista en la Orden FOM/1882/2012.

Dicha fórmula debe aplicarse de forma desglosada en la factura, multiplicando el % de variación del precio del diésel desde la contratación, por el precio del porte y un coeficiente según la Masa Máxima Autorizada

Fórmulas de Aplicación:

  • Vehículos > 20 toneladas: AP = Variación % X Precio del Porte X 0,3/100.
  • Vehículos 3,5 - 20 toneladas: AP = variación % X Precio del Porte X 0.2/100.
  • Vehículos  > 3,5 toneladas : AP = Variación del % X Precio del Porte X 0,1/100

Pasos clave:

  1. Obtener el % de variación: Comparar el precio del gasóleo en la fecha de contratación frente a la fecha del servicio, usando los índices oficiales del Ministerio de Transportes (MITMA).
  2. Identificar el coeficiente: 0,3 (pesados), 0,2 (medios) o 0,1 (ligeros).
  3. Desglose en factura: La subida se suma al precio original como concepto separado. 

NOTA: En contratos continuados, la revisión es mensual o trimestral, independientemente de si el aumento supera el 5% o no, mientras que para un solo viaje se aplica si el alza supera el 5%

FORMULA DE APLICACIÓN DE LA CLAUSULA DEL GASOIL PARA VEHÍCULOS LIGEROS:

La fórmula para aplicar el incremento del gasoil (cláusula gasoil) en España para un vehículo ligero, como una furgoneta de 1.500 kg de carga útil (que generalmente tiene una Masa Máxima Autorizada - MMA - de hasta 3,5 toneladas), se basa en el impacto del combustible sobre el precio total del transporte. 

Según la normativa vigente y los observatorios de costes del transporte, la fórmula aplicada para este tipo de vehículos es: 

1. La Fórmula de Cálculo

  •  Vehículos  > 3,5 toneladas : AP = Variación del % X Precio de los Portes X 0,1/100

 Donde:

  • P : Es el incremento del precio a repercutir en euros.
  • G: Es el porcentaje de aumento del precio del gasoil (mes actual respecto a un mes base).
  • P: Es el precio del transporte inicialmente pactado.
  • 0,1: Es el coeficiente de repercusión para vehículos de hasta 3,5 toneladas (la partida de combustible se estima en aproximadamente un 10% de los costes directos, ajustado a 0,1). 

 2. Ejemplo Práctico (Vehículo < 3,5 Tn)

Supongamos que el gasoil sube un 10% y el precio inicial del transporte es de 500 €.

  1. % de subida (G): 10
  2. Precio pactado (P): 500 €
  3. Cálculo: 10 X 500 € X 0.1/100.

El incremento a añadir en la factura sería de 5 €.

Aspectos clave a tener en cuenta

  • Aplicación automática: La actualización es obligatoria si el precio del gasoil sube, salvo pacto en contrario, de acuerdo con la legislación de contratos de transporte de mercancías por carretera.
  • Desglose en factura: El incremento debe aparecer desglosado en la factura, usualmente bajo el concepto "Cláusula Gasoil" o "Suplemento Combustible".
  • Base de cálculo (Observatorio de Costes): Para vehículos de 1.500 kg (furgonetas), el Ministerio de Transportes publica periódicamente el Observatorio de Costes del Transporte, que sirve como referencia para determinar el porcentaje de incidencia del combustible (que para vehículos ligeros es menor que para camiones pesados, donde se usan coeficientes 0,2 o 0,3).
  • Subida mínima: A menudo se aplica cuando el alza del gasoil supera un umbral, comúnmente establecido en el 5% respecto a la última revisión.