miércoles, 24 de abril de 2019

CONVOCADAS LAS AYUDAS AL ABANDONO DE LA ACTIVIDAD DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA


REQUISITOS

  1. Ser titular, en el momento de la solicitud de una autorización vigente de transporte público de ámbito nacional, de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias. En ningún caso se considerará vigente una autorización que no tuviese, al menos, una copia en vigor.
  2. Haber sido titular, de forma ininterrumpida durante los diez últimos años, de una de las autorizaciones contempladas en el apartado anterior, con un máximo de tres copias.
  3. La autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención, excepto cuando se trate de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista o de gran invalidez, en cuyo caso deberá estar en vigor hasta el reconocimiento de estas situaciones.»
  4. La edad mínima para solicitar estas ayudas es de 64 años sin existir límite superior de edad.

 IMPORTE DE LAS AYUDAS:


De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de estas ayudas, la cuantía que se otorgará por el total de las autorizaciones de transporte público de que fuera titular, a las que debe renunciar el beneficiario para proceder al cobro de la ayuda, será de 30.000 €.


Si el beneficiario tuviera una edad inferior a sesenta y cinco años, 5.300 euros por cada seis meses completos que le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años. El cómputo de los semestres completos se hará a partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorgan las ayudas. Los beneficiarios a los que se hubiera declarado incapacidad permanente absoluta, total para el desempeño de la profesión habitual de transportista o gran invalidez, no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia de su edad.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. ÚLTIMO DÍA 11 DE MAYO DE 2019.

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros al teléfono 932440188




viernes, 28 de diciembre de 2018

APROBADA LA PRÓRROGA DE MÓDULOS POR EL CONSEJO DE MINISTROS


En la Reunión del Consejo de Ministros celebrada hoy 27/12/2018, se ha aprobado  El Real Decreto-ley que prorroga para el período impositivo 2019 los límites de facturación delimitada en la tributación por módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Así, los trabajadores por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros. Si no se hubiera aprobado este Real Decreto-ley, los límites anteriores quedarían establecidos en 150.000 euros y 75.000 euros, respectivamente.

En un prinicipio según se observa de momento solamente se prorrgan para el año 2019, esto es: aquellos que en 2018 hayan facturado hasta 125.000€ (sin iva) podrán permanecer en el régimen de estimación objetiva durante el ejercicio 2019.

No obstante habrá que esperar a la publicación del Real Decreto-ley, para ver si hay más información.

En caso de necesitar alguna aclaración puedes ponerte en contacto con nosotros 932440188.

lunes, 24 de diciembre de 2018

FELICES FIESTAS


Estimado Afiliado y compañero,

Este año ha sido un año importante en el que nuevos compañeros se han unido a nuestra lucha por la dignidad del sector, gracias a su unidad, perseverancia y constancia, hemos firmado el cuarto Acuerdo de Interés Profesional, en el que se han mejorado las condiciones de los transportistas de la Empresa Rosendo, y hemos dado solución a otras cuestiones y problemas tanto colectivos como individuales del sector.  Pero como sabéis la filosofía de nuestro Sindicato es la de seguir mejorando y avanzando por un camino que solamente tiene una meta, RECUPERAR LA DIGNIDAD DEL SECTOR  por este motivo Confiamos que el próximo 2019, sea un año de conquistas sociales y profesionales para el transporte.

Nos sentimos agradecidos por la confianza depositada en nosotros, pues sin ti los logros no serían posibles.

Gracias por pertenecer a esta gran familia de transportistas que están unidos con un fin común, la mejora de las condiciones del transporte.

 Felices Fiestas y próspero 2019.


Comité Ejecutivo ASTAC.



jueves, 29 de noviembre de 2018

CIRCULACIÓN RONDA LITORAL CAMIONES PESADOS


El pasado mes de septiembre el Ayuntamiento de Barcelona puso en marcha la aplicación del Decreto de la Alcaldía de Barcelona de 10 octubre de 2017, el cuál autorizaba a circular a los camiones de más de 18 toneladas, por la Ronda Litoral siempre y cuando el transporte tuviera origen o destino en unas poblaciones determinadas insufcientes para el sector del transporte.

La aplicación de esta normativa supuso la imposición de sanciones de hasta 500€, para aquellos transportistas que circularan por la Ronda Litoral sin tener origen y destino en las poblaciones citadas en el Decreto.

La aplicación de este Decreto, además de agravar y perjudicar la situación de los transportistas por el pago de las sanciones, suponía un incremento de costes en tiempo y en dinero, ya que les obligaban a desviarse por otras vías de circulación, coste que ante la aplicación tan inminente era imposible trasladar al cargador.

Tras varias reivindicaciones del Sector de Transporte,  La Concejalía de Movilidad ha abierto un grupo de Trabajo con las Organizaciones del Sector (en la que está presente nuestra Organización ASTAC), para modificar el art. 41 de la Ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona de fecha 16 de junio de 2017 y el Decreto de 10 de octubre de 2017.

En este sentido y atendiendo a las diferentes reivindicaciones del sector, el Ayuntamiento de Barcelona, HA PUBLICADO EN FECHA 27/11/2018 un decreto donde se contemplan nuevas excepciones para circular por la Ronda Litoral, añadiendo poblaciones de origen y destino y la vuelta en vacío. 
No obstante a pesar de la aprobación de este Decreto quedan muchos temas que resolver, en cuanto a la circulación de los vehículos pesados dentro de la ciudad de Barcelona.


Haz click en este enlace para visualizar el documento:
DECRETO QUE AUTORIZA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PESADOS

Si eres transportista y tienes alguna reivindicación al respecto háznoslo saber, a la siguiente dirección:astac.catalunya@gmail.com o bien llamando al teléfono: 932440188