miércoles, 23 de septiembre de 2009

REAL DECRETO DE MEDIDAS URGENTES DE EMPLEO DESTINADAS A TRABAJADORES AUTONOMOS Y A LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

La crisis económica que ha producido en nuestro país una importante caída de la actividad, ha afectado al mercado de trabajo en general y de igual modo a los lectores de trabajo independiente, es decir al trabajo autónomo. El colectivo de trabajadores autónomos tiene una especial importancia en el desarrollo de la economía española y, por tanto, las dificultades por las que atraviesa son merecedoras de especial atención y requieren, como en el caso de los asalariados, medidas urgentes.

CONTENIDOS DEL REAL DECRETO

Incremento del 80% límite del pago único de la prestación por desempleo destinada a inversión para jóvenes de hasta 30 años de edad y mujeres hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos
Se pretende que los jóvenes inicien una actividad por cuenta propia, utilizando una parte importante de la prestación por desempleo a la que tengan derecho, el 80%, para financiar la inversión necesaria y el resto de la prestación se destinará a cubrir las cotizaciones a la Seguridad Social. El porcentaje del 80%, 20 puntos porcentuales más que para el resto de los beneficiarios que utilizan esta medida, permitirá que el importe resultante se asemeje al que perciben los desempleados mayores de 30 años que utilizan esta medida para el mismo fin de autoempleo.

Bonificación de cuotas de la Seguridad Social del primer asalariado que
contrate indefinidamente el autónomo (50% durante 24 meses).

Con esta medida se consigue que los autónomos pueden contratan a un trabajador que les apoye en su actividad y, al mismo tiempo, generar empleo en un momento como el actual de crisis económica.
La vigencia de la medida es hasta el 31 de diciembre de 2009.

Rescate de aportaciones a Planes y fondos de Pensiones
La modificación contenida Real Decreto 1299/1999 de 31 de julio, da respuesta efectiva a una de las medidas contendidas en los Acuerdos de la Mesa del Trabajo Autónomo de 5 de mayo, autorizando el rescate de los planes de pensiones a los trabajadores autónomos que se encuentren en situación de cese de actividad y siempre que no sean beneficiarios de prestaciones por desempleo y figuren inscritos como demandantes de empleo.